Ir al contenido principal

Entre cercos y penumbras de comunicados y determinaciones…


Escrito por Alondra Vanessa Quispe Ludeña

Estudiante de Derecho y Ciencias Políticas de la UMSA

Todo comenzó una inesperada tarde de verano, nuestro país había ingresado a un vaivén de inseguridades y temores respecto a la pandemia que recorría por el mundo y que había adentrado a nuestro país con los primeros casos de Covid -19 en Oruro, Santa Cruz y La Paz. Las medidas que se comenzaron a tomar fueron catalogadas de “exageradas”, minimizando el problema y a medida que pasaban los días se denoto que no era tan simple como querían hacernos notar o ¿queríamos creer?
Empezaron a surgir distintos comunicados y determinaciones para la población boliviana; entre ellas los comunicados y determinaciones de nuestra amada casa de estudios, la Universidad Mayor de San Andrés el día 12 de marzo de 2020 mediante resolución Nª 023/2020 del Honorable Consejo Universitario (HCU) resolvió la suspensión de todas las actividades académicas y administrativas a partir del 13 de marzo hasta el 31 -como si esto solo fuese a durar unos días-.
A este comunicado la carrera de derecho, reafirmo lo mismo, y durante ese tiempo sucedieron inconvenientes: sorteo para la toma de materias suspendido “hasta nuevo aviso”, horarios incongruentes -como ya es de costumbre-, y demás peculiaridades. Dentro de este arrebato de “buena suerte si se logra hacer algo” por parte de nuestra carrera, surgió el 29 de marzo de 2020  un comunicado que fue a llamar la atención de muchos estudiantes, ya que iba dirigido en particular a los docentes ¡si a los docentes!, se les instruía inscribirse a un curso virtual de “formación y capacitación en plataformas digitales” implantada por el DIPGIS (departamento de investigación, posgrado e interacción social) – DTIC (departamento de tecnologías de información y comunicación), siendo su duración desde lunes 30 de marzo al martes 7 de abril -así se tenía aproximadamente una semana para aprender a estructurar o mínimo manejar una plataforma virtual-.
El anunció -sin ser anunciado- era trágico, los estudiantes ya nos esperábamos venir el inicio de las “clases virtuales”, pero ello no sucedió, nos quedamos con la espera durante un mes y tres días, hasta que el día 04 de mayo -como efecto big bang revolucionario de la carrera de derecho- se nos comunicó mediante circular Nº 01/2020 que las clases iniciaban el lunes 04 de mayo, ¿lunes 04 de mayo?, ¡si, el mismo día del comunicado! -no se ustedes pero yo me quede como WTF- en fin, en el mismo comunicado se anunciaba que nos inducirían para la interacción en las clases y la conformación de tres comisiones: académica (que redactaría un reglamento para las clases virtuales y demás temas administrativos),  técnica (que desarrolla la capacitación y actualización de los cursos virtuales) y la de contingencia (que elaborara un plan de coyuntura para el retorno virtual o semipresencial de las actividades académicas y administrativas).    
Tras un día del circular, se solicitó a los estudiantes que llenaran una encuesta donde se nos preguntaba datos relacionados al acceso a internet; y hasta el momento es toda la instrucción que se nos ha dado, hace unos días atrás se anunció el inicio -al parecer definitivo- de  las clases virtuales, sería el lunes 11 de mayo y continuando con la costumbre de hacer las cosas a medias y al trazo libre sin entender la importancia de la planificación, nuestra querida carrera iniciará con estudiantes sin estar aún matriculados, con problemas en sus horarios, sin inscripción a las materias en horarios accesibles para ellos, y todo por un sistema institucional colapsado de irresponsabilidad frente al estudiante, frente a aquel que forma la universidad.
¿Qué más? solo nos queda esperar que realicen su mejor intento -recordando que de buenas intenciones no se obtiene lo mejor-... Continuamos en la misma incógnita ¿Cómo se llevará a cabo las clases virtuales?, ¿Cuál será su metodología? Pues las respuestas pueden ser múltiples pero me resigno a la que cabe una vez más en su accionar “estamos actuando sobre la marcha”, y ahora que ingresamos a la “actualidad” dentro las plataformas virtuales lo realizamos de la misma forma que ingresamos, de manera tardía, generando dudas, sometiendo a una población estudiantil a que esta vetada de emitir criterio -no porque no lo tenga- sino porque nunca se lo han consultado y las veces que ha protestado la respuesta siempre ha sido la misma “envié su carta de reclamo por favor” (como abogados nos manejamos por formalidades), “es su responsabilidad”, “cumpla con lo determinado”, “estamos haciendo lo mejor” y demás premisas que no llevan a ninguna solución verdadera.
No se me malentienda, mi intención no es destruir la imagen de nuestra carrera en esta época de crisis sanitaria, solo reflejo en escrito lo que cada uno ha vivido en este tiempo, Y una vez más lo único que nos queda -por el momento- es analizar y darle la justa critica, apoyar en la construcción de esta nueva modalidad, colaborar al docente que este aprendiendo manejarse mediante estas plataformas y ser parte actora de este cambio radical que estamos viviendo en nuestra educación.

Comentarios

  1. Compañera Alondra Quispe:
    Qué fácil es criticar desde una cama mullida, y que decepcionante leer las cosas sin fundamento que escribes, habiendo sido monitora de auxiliares en la UMSA. No sé si leíste, nos han informado hasta el cansancio, que en la Facultad de Derecho donde “estudias”, se han formado tres comisiones: Técnica, Académica y de Contingencia, que mientras nosotros descansamos, están trabajando sin horario, para que retornemos en forma virtual o semipresencial a la Carrera, con las medidas de bioseguridad correspondiente. Entonces, en vez de escribir necedades, sería bueno que te adhieras a una de esas comisiones y contribuyas en forma positiva, porque los estudiantes de conciencia, queremos retornar a clases, en cualquiera de las modalidades.
    Debes ser constructiva compañera, no destructiva, estás igual que esos inconscientes masistas, que suben memes, para satisfacer sus mentes distorsionadas y apetitos personales, sin darse cuenta del daño institucional que ocasionan a nuestra Facultad.
    Reflexiona compañera.
    Atte: Isabel Almedrano Garcia - Estudiante de Derecho y Políticas.

    ResponderBorrar
  2. Excelente, narras una sucesión de hechos totalmente evidente que nos conduce a varias reflexiones. Felicidades por hacerlo sin miedo!

    ResponderBorrar
  3. Expresaste el sentir de muchos estudiantes y te felicito, conocemos de nuestra institucionalidad, siempre sufriendo de lo mismo, no relatas nada nuevo solo la realidad, al leerte comprendí mejor donde estaba ...

    ResponderBorrar

Publicar un comentario

Entradas más populares de este blog

EL CASO DE LA NIÑA MARÍA CRISTINA Y MELQUIADES SUXO EL ÚLTIMO CONDENADO A PENA DE MUERTE EN BOLIVIA

                                                         (Foto: Códigos, periodismo judicial boliviano) DESCRIPCIÓN GENERAL DEL CASO:  Año: 1972. Víctima: María Cristina Mamani Leiva. Edad: 4 años. Principal(es) Acusados(as): Melquiades Suxo, 54 años. Nazario Suxo, 17 años. Otras fuentes sostienen que tenía 14 años. Dionisia Suxo, 14 años. Otras fuentes sostienen que tenía 12 años. Delitos: Estupro, rapto y asesinato. RELACIÓN DE LOS HECHOS: 1972 desaparición de la niña María Cristina Mamani Leiva, supuestamente, Dionisia Suxo fue la encargada de atraer y secuestrar a la pequeña Maria Cristina, su cuerpo es encontrado abandonado el día 9 de octubre las investigaciones refieren que los Suxo (Melquiades y Nazario) secuestraron a María Cristina Mamani Leiva de 4 años. Padre e hijo ultrajaron por varios días a l...

EL PRINCIPIO DE “INMEDIACIÓN” EN AUDIENCIAS VIRTUALES

 Autor: Abg. Brian Jaime Salvatierra Laural “El derecho no se compone únicamente de reglas, sino también de principios” -RONALD DWORKIN- I) IMPORTACIA DE LOS “PRINCIPIOS PROCESALES” I.I) CONCEPTO DE PRINCIPIOS PROCESALES. De manera general dentro del estudio del “Derecho” se ha identificado a los principios procesales simplemente como las “directrices” de un determinado ordenamiento jurídico, siendo mayormente reconocidos por su preponderancia en la apertura de los cuerpos normativos adjetivos; empero si hacemos un análisis integral de los verdaderos alcances y lo que engloba el hablar de principios procesales, podremos advertir que estos son en demasía relevantes en el desenvolvimiento practico de un Sistema Jurídico. Dentro de los antecedes históricos del Derecho Procesal en general, los principios procesales han estado inmersos en las diferentes etapas según la coyuntura política(revoluciones sociales) e ideología del territorio en el que se desarrollaban, tomando en cuenta que ...